SUDEBAN
LA SUPERINTENDENCIA DE BANCOS Y OTRAS INSTITUCIONES
FINANCIERAS
Fue
creada por la Ley de Bancos del 24 de enero de 1940. . Inscrito bajo el
Ministerio de Finanzas, es el ente encargado de que los bancos e instituciones
financieras con oficina en Venezuela cumplan las normas locales referidas a
ellas.
1. ACTIVIDADES QUE REALIZA
- Autorizar, supervisar, inspeccionar,
controlar y regular el ejercicio de la actividad que realizan las
instituciones que conforman el sector bancario de Venezuela.
- Señalar la corrección de las fallas que se
detecten en la ejecución de las actividades bancarias y sancionar las
conductas desviadas al marco legal vigente.
2. FUNCIONES
Conforme
lo consagra el Art., 213 de la Ley General de Bancos y Otras Instituciones
Financieras, la Superintendencia de Bancos y Otras Instituciones Financieras
tendrá como funciones: La inspección, supervisión, vigilancia, regulación y
control de los bancos, entidades de ahorro y préstamo, otras instituciones
financieras, casas de cambio, operadores cambiarios fronterizos y empresas
emisoras y operadoras de tarjetas de crédito.
Para satisfacer los extremos
previstos en esta norma, su actuación deberá comprender (según lo consagra el
Art. 217, ejusdem) como mínimo, los siguientes aspectos:
- Asegurar que los bancos, entidades de
ahorro y préstamo e instituciones financieras tengan sistemas y procedimientos adecuados
para vigilar y controlar sus actividades a escala nacional e
internacional, si fuere el caso.
- Obtener información sobre el grupo
financiero a través de inspecciones regulares, estados financieros
auditados y otros informes.
- Obtener información sobre las transacciones
y relaciones entre las empresas del grupo financiero, tanto nacionales
como internacionales, si fuere el caso.
- Recibir estados financieros consolidados
a nivel nacional e internacional, si fuere el caso, o información
comparable que permita el análisis de la situación del grupo
financiero en forma consolidada.
- Evaluar los indicadores financieros
de la institución y del grupo.
- Obtener información sobre la respectiva
estructura accionaria, incluyendo los datos que permitan
determinar con precisión la identidad de las personas naturales,
propietarias finales de las acciones o de las compañías que las
detentan.
- Obtener la información necesaria, mediante
inspecciones in situ o extra situ, a los fines de verificar que las
agencias, sucursales, oficinas, filiales y afiliadas en el exterior, de
bancos o instituciones financieras venezolanos, cumplen con las
regulaciones y disposiciones aplicables del lugar donde funcionan.
- Asegurar que los bancos, entidades de
ahorro y préstamo, instituciones financieras y demás empresas sujetas a la
Ley, tengan sistemas y procedimientos adecuados para evitar que sean
utilizados para legitimar capitales provenientes de actividades ilícitas.
3. INSTITUCIONES REGIDAS POR SUDEBAN
- Banco de Venezuela
- Banesco
- BBVA Banco Provincial
- Banco Mercantil
- Bicentenario Banco Universal
- Banco Occidental de Descuento
- Banco Fondo Común
- Banco Exterior
- Banco del Tesoro
- Banco Industrial de Venezuela
- Banco Nacional de Crédito
- Corp Banca (Venezuela)
- BanCaribe
- Venezolano de Crédito
- Banco Caroní
- Banco Agrícola de Venezuela
- Banco Sofitasa
- Banco Plaza
- Banco del Sur
- Citibank Venezuela
- 100% Banco
- Banco Activo
- Banplus
- Banco Espíritu Santo (Venezuela)
- Banco Internacional de Desarrollo
- Banco de Exportación y Comercio
4. EVOLUCIÓN HISTÓRICA
•
Principio
histórico
Sus primeras funciones contaron
con una estructura precaria y un limitado presupuesto y no
contaba con una infraestructura adecuada que permitiera inspecciones eficaces;
solamente las casas matrices que se encontraban instaladas en la
ciudad capital podían hacerlo. Posteriormente, se incluyeron visitas a las
oficinas bancarias ubicadas en el interior del país.
Con el propósito de unificar
las operaciones bancarias se elaboró un instructivo que permitiría
estandarizar la presentación de los resultados de la banca.
Entre los años 1949 y 1958 se
produjo la mayor apertura de agencias bancarias en
la historia financiera venezolana, con la que se incrementó el número
de visitas de inspección a sesenta y cuatro por año, detectándose para ese
momento como principal inconveniente el incumplimiento fiel del encaje legal
mínimo exigido por el Banco Central de Venezuela . Al finalizar
la dictadura en nuestro país, se produjeron hechos que alteraron el
desarrollo del sistema financiero, de allí que la labor de la Superintendencia
de Bancos y Otras Instituciones Financieras fue determinante para encaminar
hacia un buen destino la banca.
La excesiva bonanza que
presentó la economía venezolana puso en una difícil situación al sistema
bancario, poniendo en práctica las primeras medidas de emergencia por las
autoridades venezolanas. Un crítico cuadro de retiros masivos, compra
de divisas y una notable disminución de depósitos, hizo temblar el
piso financiero.
Para 1962 el sistema comenzó a
dar signos de recuperación luego del auxilio recibido por el Banco
Central de Venezuela. Ya para 1965 el crecimiento de la banca venezolana
registró un incremento en cuanto a instituciones, debido a la bonanza
presentada en esos años, respaldada por la aparición de
nuevos productos de inversión y una
mayor demanda crediticia.
•
Madures
Institucional
Una nueva etapa inició la
SUDEBAN después de esta crisis marcada por la fuga de capitales y grandes
desequilibrios macroeconómicos que luego terminarían en intervenciones
bancarias, situación propicia para la creación del Fondo de Garantías de
Depósitos y Protección Bancaria (FOGADE) el 20 de marzo de 1985.
Por otro lado, la reforma
parcial que recibió la Ley de Bancos en febrero de 1988, le otorgó a la
Superintendencia de Bancos potestad exclusiva en la práctica de medidas de
intervención, en caso de ser detectadas irregularidades en el manejo de alguna
entidad bancaria. Esto a raíz de la crisis financiera de 1994 donde las medidas
adoptadas no llegaron al fondo de la solución de los problemas que
colapsaron el sistema financiero y los organismos de vigilancia y control no
escaparon de esa realidad. Allí quedó evidenciada la debilidad estructural y
funcional de la Superintendencia de Bancos de esa década, que a pesar de los
esfuerzos realizados no pudo evitar el fatal desenlace del cierre de varias
instituciones financieras.
Luego de culminar la crisis de
1994, la Superintendencia de Bancos y el Estado a través de la Superintendencia
para la Promoción y Protección de la libre Competencia, decidió
reforzar su desempeño, trazándose tres (3) objetivos fundamentales
para iniciar su reestructuración:
- Asegurar mediante la vigilancia y control,
que las instituciones financieras lleven a cabo sus actividades de acuerdo
a la normativa establecida.
- Velar por la transparencia y estabilidad
del sistema financiero.
- Garantizar a los depositantes, la inversión
de sus ahorros en operaciones propias de las instituciones financieras,
para disminuir así el riesgo moral.
Para llevar a cabo estos
objetivos, la Superintendencia de Bancos se propuso
un programa de evaluación de su personal, así como la
exigencia de mayor responsabilidad a las juntas directivas de las entidades, a
través de inspecciones periódicas, a las mismas, por técnicos de la
superintendencia, entre otras.
La aplicación del nuevo enfoque
de supervisión por parte de la Superintendencia, con apoyo de la Junta de
Emergencia Financiera, y la actuación responsable de los accionistas y
administradores de la banca, son factores que han contribuido al mejoramiento
del sistema bancario nacional como lo evidencian los resultados producidos a
partir de 1994.
Después de normalizada la
crisis bancaria se realizó una profunda reestructuración de la SUDEBAN con
relación a los aspectos tecnológicos, una mejor planificación de las
inspecciones y mejor capacitación del recurso humano. También
se ejecutaron medidas de carácter externo como la implementación de
regulaciones para las fusiones bancarias, constitución de provisiones
bancarias, normativas para presentar y registrar las informaciones financieras,
supervisión preventiva, mecanización de la información, entre otros
aspectos.
•
Actualmente
En el año 2002, fue creada el
Área de Atención al Usuario, a los fines de atender al usuario bancario.
El Área de Atención al Usuario
de esta Superintendencia investiga todas las denuncias presentadas contra los
bancos, arrendadoras financieras, fondos de mercado monetario, entidades de
ahorro y préstamo, grupos financieros, operadores cambiarios fronterizos y
empresas emisoras y operadores de tarjetas de crédito y demás empresas
sometidas a su control
Hoy en día la SUDEBAN presenta
nuevos aires de modernidad que abarcan desde la remodelación de sus
instalaciones hasta programas que automatizan la presentación e interpretación de
los resultados obtenidos en las inspecciones, estos son algunos de los aspectos
que harán de la SUDEBAN un ente regulador bancario a la altura de los mejores
organismos del ámbito internacional. La ley actual le da una autonomía e independencia de
tal carácter que constituye una institución dotada para ejercer un control
amplio sobre todas las instituciones financieras
5. ÁREA DE ATENCIÓN AL
USUARIO
Investiga todas las denuncias presentadas a las entidades reguladas por
SUDEBAN.
Entre los reclamos podemos mencionar:
- Retiros no reconocidos en cuentas con tarjetas de débito.
- Revisión de créditos de vehículos e hipotecarios.
- Pago indebido de cheques.
- Transacciones no reconocidas por Internet.
- Retiros no reconocidos con libretas.
6. FUNCIONES ÁREA DE ATENCIÓN AL USUARIO
- Informar y asesorar al público sobre los procedimientos y requisitos necesarios para la tramitación de denuncias y solicitudes, y en general atender cualquier consulta relacionada con los servicios financieros y bancarios.
- Recibir y sustanciar las denuncias o solicitudes, requiriendo información a los bancos y otras entidades financieras y no financieras.
- Remitir y solicitar la colaboración de otros organismos que de acuerdo con la Ley que los regule, tengan competencia para conocer las denuncias presentadas.
7. REQUISITOS PARA FORMULAR CORRECTAMENTE LA
DENUNCIA O SOLICITUD
- Presentar inicialmente su reclamo ante el Banco o Institución Financiera respectiva.
En
caso, que la Entidad Bancaria no de respuesta en los lapsos previstos en el
artículo 43 de la Ley General de Bancos y Otras Instituciones Financieras o en
los artículos 49 y siguientes de la Ley de Tarjetas de Crédito, Débito,
Prepagadas y Demás Tarjetas de Financiamiento o Pago Electrónico, es decir, 30
días siguientes ó 15 días hábiles, según corresponda; o que la respuesta no sea
satisfactoria al usuario, podrá acudir a la Superintendencia de las
Instituciones del Sector Bancario utilizar cualquiera de las modalidades de
consignación del escrito de reclamo o solicitud, a los fines de interponer su
denuncia, queja, reclamo, sugerencia o petición por escrito, la cual debe
cumplir con las exigencias establecidas en el artículo 49 de la Ley Orgánica de
Procedimientos Administrativos, a saber:
- Comunicación dirigida a la atención de la máxima autoridad de la Superintendencia de Bancos.
- La identificación del interesado y/o del representante: nombres y apellidos, domicilio y copia de la cédula de identidad o pasaporte; si es persona jurídica consignar copia del acta constitutiva de la compañía y en caso de ser representante debe presentar la documentación que lo acredite como tal.
- La dirección del lugar donde se harán las notificaciones pertinentes y número de teléfono de contacto.
- Precisar con claridad los hechos y fundamentos en los que se basa su solicitud o denuncia.
- Acompañar la solicitud con los anexos que sustenten los hechos y afirmaciones señalados en la solicitud o denuncia.
- El escrito debe estar firmado por los interesados.
Videos:
Preguntas Formuladas:
1. ¿Cree usted que las
normas establecidas por Sudeban son cumplidas por las instituciones
financieras?
2. ¿Qué otras entidades, además
de Sudeban regulan las actividades financieras en venezuela?
3. ¿Qué inconveniente se le ha presentado al
momento de realizar una actividad financiera y que solución propone para
mejorar el servicio?
4. En caso de haber sido víctima
de un Problema financiero, ¿Qué pasos siguió para formular la denuncia?